sábado, 21 de julio de 2012

A segunda discusión Ley Especial de Endeudamiento Complementaria 2012


El instrumento tiene por objeto definir el monto de endeudamiento en bolívares, que la República podrá contraer mediante operaciones de crédito público por encima del límite máximo previsto en la Ley Especial de Endeudamiento Anual para el Ejercicio Fiscal 2012

María Alejandra Brito /Prensa AN

Este jueves, la Comisión Permanente de Finanzas y Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional, presentará ante la Cámara plena, el informe del Proyecto de Ley Especial de Endeudamiento Complementaria para el Ejercicio Fiscal 2012, a efectos de su segunda discusión

Así lo informó el presidente de la referida instancia parlamentaria, diputado Ricardo Sanguino (PSUV/Táchira) al término de la reunión extraordinaria de este miércoles, donde los diputados de la Comisión aprobaron el instrumento que consta de 6 artículos.

El proyecto de ley tiene por objeto definir el monto de endeudamiento, en bolívares, que la República podrá contraer mediante operaciones de crédito público por encima del límite máximo previsto en la Ley Especial de Endeudamiento Anual para el Ejercicio Fiscal 2012, de conformidad con lo dispuesto en el enunciado del artículo 81 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público.

El parlamentarios manifestó que con la aprobación de esa normativa se autoriza al Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Poder Popular para Planificación y Finanzas, a que en el presente Ejercicio Fiscal ejecute la colocación de operaciones de crédito público, destinadas al pago de pensiones para más de 2 millones de beneficiarios y al pago parcial de los pasivos generados por prestaciones sociales a trabajadores y trabajadoras del sector público, hasta por la cantidad de 30 mil millones de bolívares o su equivalente en divisas al tipo de cambio oficial. Además, se autoriza al Estado a desembolsar operaciones de crédito público hasta por el monto antes mencionado.

“Del total de esos recursos, se destinan 25 mil millones al pago de pensiones de más de 2 millones de venezolanos, hasta enero de 2013; y 5 mil millones al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales, con el fin de garantizar el pago parcial de los pasivos laborales a trabajadores y trabajadoras de la salud y educación”, ratificó.

Cabe destacar que ese instrumento legal no deroga ni modifica la Ley Especial de Endeudamiento Anual para el Ejercicio Fiscal 2012, salvo lo referido al límite máximo de endeudamiento anual.

El asambleísta refirió que el proyecto representa un incremento de 1,7% del interno bruto, con respecto al instrumento aprobado en el marco de la Ley de Presupuesto 2012, según el informe presentado por el Banco Central de Venezuela.

No obstante, el diputado Sanguino destacó la fortaleza económica del país, en materia de crecimiento del Producto Interno Bruto; la tendencia de estabilización en el índice de precios; la tasa de desocupación, que se ubicó en 8% en relación con el total de deuda pública con respecto del PIB, que para el año 2011 se situó en 25,2%. “Esto significa que de cada 100 bolívares generados de los productos económicos, se destinan 25 para el pago de la deuda” y dijo, que el escenario macroeconómico base del año 2012, estimada para el gasto fiscal del sector público, es de 16,6% aproximadamente. “Estas son variables que nos permiten determinar que Venezuela está en la capacidad de asumir deudas”, concluyó.

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