SE TRATA DE UNA
            NORMATIVA DISTINTA A LAS  SANCIONES
            APROBADAS EN DICIEMBRE PASADO, YA SUPERA CLARAMENTE SUS
            ALCANCES.
Por: Latabla.blogspot.com | Lunes,
            16/03/2015 09:06 AM | 
La orden ejecutiva dictada por
          el presidente estadounidense Barack Obama, que declara a
          Venezuela una amenaza
          a su seguridad, podría afectar a cualquier ciudadano, nacional
          o no, que haya
          trabajado o sido proveedor del Estado venezolano, y prohíbe
          incluso donaciones
          de alimentos, ropa y medicinas, "para aliviar el sufrimiento
          humano",
          a quienes sean objeto de sanciones.
Una revisión detallada de la
          norma de 13 puntos, dictada el pasado lunes, permite precisar
          que se trata de
          una normativa distinta a las sanciones aprobadas en diciembre
          pasado ya supera
          claramente sus alcances.
Estos son los aspectos más resaltantes
          y de mayor impacto identificados en esta primera revisión.
          
1) El decreto ejecutivo tiene como objeto declarar la emergencia nacional para enfrentar la situación de Venezuela. Es una figura nueva y distinta a la Ley de Defensa de Derechos Humanos y de la Sociedad Civil de Venezuela de 2014, y sus alcances son superiores. El bloqueo a los bienes o intereses en propiedades de personas enumeradas en el anexo es sólo una parte de las medidas de emergencia.
1) El decreto ejecutivo tiene como objeto declarar la emergencia nacional para enfrentar la situación de Venezuela. Es una figura nueva y distinta a la Ley de Defensa de Derechos Humanos y de la Sociedad Civil de Venezuela de 2014, y sus alcances son superiores. El bloqueo a los bienes o intereses en propiedades de personas enumeradas en el anexo es sólo una parte de las medidas de emergencia.
2) El decreto
          se sustenta en tres leyes especiales, incluyendo la Ley de
          Defensa de Derechos
          Humanos y de la Sociedad Civil de Venezuela de diciembre 2014,
          pero es mucho
          más que la aplicación de esa ley. Las otras son la Ley
          Internacional de Poderes
          Económicos de Emergencia (50 USC 1701 y siguientes) (IEEPA,
          por sus siglas en
          inglés), la Ley de Emergencia Nacional (50 USC 1601 y
          siguientes.) (NEA, por
          sus siglas en inglés)
          
3) El decreto está estructurado en 13 secciones: Destacan la uno y la dos referidas a la sanciones de bloqueo de activos y restricciones migratorias, la tres, sobre donaciones prohibidas, la cuatro, referida a un bloqueo hacia terceros, la quinta, que prohíbe acciones para evadir el decreto o la conspiración para hacerlo, y una sexta sección con definiciones. La séptima autoriza proceder con el bloqueo sin notificación previa y la octava, novena y décima delega en los secretarios del Tesoro y de Estado todas las potestades presidenciales para hacer eficaces las medidas y garantizar que se mantengan. Asimismo los autoriza a su vez a delegar en otros funcionarios las atribuciones otorgadas.
3) El decreto está estructurado en 13 secciones: Destacan la uno y la dos referidas a la sanciones de bloqueo de activos y restricciones migratorias, la tres, sobre donaciones prohibidas, la cuatro, referida a un bloqueo hacia terceros, la quinta, que prohíbe acciones para evadir el decreto o la conspiración para hacerlo, y una sexta sección con definiciones. La séptima autoriza proceder con el bloqueo sin notificación previa y la octava, novena y décima delega en los secretarios del Tesoro y de Estado todas las potestades presidenciales para hacer eficaces las medidas y garantizar que se mantengan. Asimismo los autoriza a su vez a delegar en otros funcionarios las atribuciones otorgadas.
4) Los bienes
          o intereses en propiedades afectados no son sólo los que el
          sancionado tenga en
          este momento en los EEUU, sino que afectan a los que "de ahora
          en adelante
          ingresen a los Estados Unidos, o que están o en el futuro
          entren en posesión o
          control de cualquier persona de los Estados Unidos". Eso puede
          abarcar
          desde un paquete con efectos personales que se le envíe a
          algún venezolano
          desde EEUU, o que por casualidad termine en territorio
          estadounidense, hasta la
          posibilidad de que algún banco donde hayan cuentas de personas
          sancionadas se
          convierta en propiedad de compañías o inversionistas de esa
          nación o
          simplemente residenciados allá.
5) Las
          personas afectadas son por una parte las incluidas en el
          anexo, pero también
          "cualquier persona que, según el Secretario del Tesoro, en
          consulta con el
          Secretario de Estado" este incursa en acciones o situaciones
          que
          prácticamente pueden involucrar a quienes hayan sido parte del
          aparato de
          gobierno, organizaciones sociales o haya sido proveedor o
          contratista del
          Estado.
6) Una
          novedad que incorpora el decreto ejecutivo es que la selección
          de las personas
          a ser bloqueadas comienza a ser potestad del Secretario del
          Tesoro, y aunque
          agrega que en consulta con el Secretario de Estado, la
          iniciativa queda en
          manos del primero.
          
7) Una revisión detallada del mecanismo para que "cualquier persona, según el Secretario del Tesoro…" sea objeto de sanciones permite percatarse de lo que implica. Lo que se pretende es involucrar a cualquier funcionario, trabajador, militante o activista e incluso organizaciones y empresas como sujetos de sanciones. El llamado inciso (a)(ii) (A) dice que las medidas pueden alcanzar a personas que puedan "haber participado directa o indirectamente" en actividades tan difíciles de precisar como "acciones o políticas que socavan los procesos e instituciones democráticas". Eso podría significar que una ciudadana que haya impulsado un consejo comunal pudiera ser sancionada en virtud de que sectores opositores consideran que el Estado Comunal es antidemocrático.
          
También puede afectar a empresas o a quienes como contratistas y proveedores que hayan "proporcionado apoyo financiero, material o tecnológico, o de bienes o servicios" a las instituciones del Estado.
7) Una revisión detallada del mecanismo para que "cualquier persona, según el Secretario del Tesoro…" sea objeto de sanciones permite percatarse de lo que implica. Lo que se pretende es involucrar a cualquier funcionario, trabajador, militante o activista e incluso organizaciones y empresas como sujetos de sanciones. El llamado inciso (a)(ii) (A) dice que las medidas pueden alcanzar a personas que puedan "haber participado directa o indirectamente" en actividades tan difíciles de precisar como "acciones o políticas que socavan los procesos e instituciones democráticas". Eso podría significar que una ciudadana que haya impulsado un consejo comunal pudiera ser sancionada en virtud de que sectores opositores consideran que el Estado Comunal es antidemocrático.
También puede afectar a empresas o a quienes como contratistas y proveedores que hayan "proporcionado apoyo financiero, material o tecnológico, o de bienes o servicios" a las instituciones del Estado.
8) En la
          segunda sección se establece la prohibición del ingreso de
          "inmigrantes
          sin restricciones y no inmigrante a Estados Unidos de
          extranjeros que se
          determine que cumple con uno o más de los criterios enunciados
          en el inciso 1
          (a) de este decreto". Es decir, involucra a las mismas
          personas ya
          definidas por Obama (según el anexo) y a aquellas que
          determine en lo adelante
          el Secretario del Tesoro, en consulta con el Secretario de
          Estado.
          
9) La prohibición de donaciones de carácter humanitario está contenida en la sección 3. Esto contempla, según el documento, "la realización de donaciones del tipo de artículos que se especifica en la sección 203 (b) (2) de la Ley Internacional de Poderes Económicos de Emergencia (50 USC 1702 (b) (2))." Estos artículos son "alimentos, ropa y medicinas, destinados a ser utilizados para aliviar el sufrimiento humano", tal como indica la sección 203 de la Ley y no están incluidos entre los bienes habitualmente sancionados por la norma.
          
Sin embargo, en forma excepcional se pueden establecer una prohibición si el Presidente determina que tales donaciones menoscaban gravemente su capacidad para hacer frente a cualquier emergencia nacional. Según su decreto, Obama determinó que dichas donaciones pueden "menoscabar seriamente mi capacidad para hacer frente a la emergencia nacional declarada por el presente decreto, y mediante la presente prohíbo este tipo de donaciones", según el texto de la orden firmada.
9) La prohibición de donaciones de carácter humanitario está contenida en la sección 3. Esto contempla, según el documento, "la realización de donaciones del tipo de artículos que se especifica en la sección 203 (b) (2) de la Ley Internacional de Poderes Económicos de Emergencia (50 USC 1702 (b) (2))." Estos artículos son "alimentos, ropa y medicinas, destinados a ser utilizados para aliviar el sufrimiento humano", tal como indica la sección 203 de la Ley y no están incluidos entre los bienes habitualmente sancionados por la norma.
Sin embargo, en forma excepcional se pueden establecer una prohibición si el Presidente determina que tales donaciones menoscaban gravemente su capacidad para hacer frente a cualquier emergencia nacional. Según su decreto, Obama determinó que dichas donaciones pueden "menoscabar seriamente mi capacidad para hacer frente a la emergencia nacional declarada por el presente decreto, y mediante la presente prohíbo este tipo de donaciones", según el texto de la orden firmada.
Por lo tanto, si
          alguno de los
          sancionados complementarios con amigos o familiares en EEUU no
          podría recibir
          de regalo ni un par de zapatos ni un paquete de harina.
          
10) El decreto extiende además el "bloqueo" a terceras personas u organizaciones ya que en su sección cuarta prohíbe el "suministro de fondos, bienes o servicios por parte de, a, o en beneficio de cualquier persona cuyos bienes e intereses en propiedad estén bloqueados en virtud de este decreto". Cabe destacar que esta es otra gran diferencia con la ley de sanciones del 2014, ya que aquella declaraba expresamente que las restricciones no afectaban el comercio ni el intercambio de bienes.
10) El decreto extiende además el "bloqueo" a terceras personas u organizaciones ya que en su sección cuarta prohíbe el "suministro de fondos, bienes o servicios por parte de, a, o en beneficio de cualquier persona cuyos bienes e intereses en propiedad estén bloqueados en virtud de este decreto". Cabe destacar que esta es otra gran diferencia con la ley de sanciones del 2014, ya que aquella declaraba expresamente que las restricciones no afectaban el comercio ni el intercambio de bienes.
11) Las
          definiciones de términos, según la sección sexto, son
          fundamentales. Una
          "persona" se entiende como un individuo entidad, y a su vez
          una
          "entidad" es una sociedad, asociación, fideicomisario, empresa
          conjunta, sociedad, grupo, subgrupo, u otra organización, o
          sea, cualquier
          cosa.
Mientras que el término
          "Gobierno de Venezuela" se entiende como el Gobierno de
          Venezuela,
          cualquier subdivisión política, ente u organismo, incluido el
          Banco Central de
          Venezuela, y cualquier persona que posea o controle, o que
          actúe en nombre del
          Gobierno de Venezuela. Por lo tanto incluye a gobiernos
          regionales y
          municipales y entes administrados por partidos de oposición.
12) Asimismo
          el decreto se olvida del debido proceso, tan reclamado por la
          oposición
          venezolana, y declara que "no hay necesidad de notificación
          previa de una
          lista o de la determinación formulada en virtud de la sección
          1 de este
          decreto." Es decir, a cualquier ciudadano (venezolano o no) lo
          pueden
          sancionar sin siquiera avisarle que lo está. Y, como en un
          estado de sitio
          global, el documento dice que el propósito es que "estas
          medidas sean
          eficaces y así hacer frente a la emergencia nacional
          declarada". En
          consecuencia no debería sorprender que cosas tan sencillas
          como hacer una
          compra en alguna tienda electrónica sea prohibida sin que el
          sancionado lo
          sepa.
13) Las
          secciones 8,9 y 10 autoriza a los secretarios del Tesoro y de
          Estado a
          "tomar las acciones, incluida la promulgación de normas y
          reglamentos, y
          de utilizar todos los poderes otorgados al Presidente" en las
          leyes
          especiales que sustentan la orden ejecutiva. Y como si no
          fuera suficiente con
          eso, los dos altos funcionarios a su quedan facultados para
          "delegar
          cualquiera de estas funciones a otros funcionarios y
          organismos del Gobierno de
          Estados Unidos de conformidad con la ley aplicable." Eso
          significa que con
          ese decreto se tendrá a decenas o centenares de funcionarios
          actuando contra
          Venezuela y sus ciudadanos con la misma autoridad del jefe de
          Estado.
14) Y por
          último debe destacarse que el hecho de ser sancionado no
          ofrece ninguna
          garantía de carácter procesal, y tajantemente en la sección 12
          dice que
          "no crea ningún derecho o beneficio, sustantivo o procesal,
          ejecutable en
          derecho o en equidad por cualquiera de las partes en contra de
          Estados Unidos,
          sus departamentos, organismos o entidades, sus funcionarios,
          empleados, o
          agentes, o cualquier otra persona."
La fuente
            original de este documento es: La Tabla
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