viernes, 4 de enero de 2013

Venezuela: Presidente de la Asamblea Nacional convoca a sesión para el 5 de enero



Con el propósito de elegir la nueva Junta Directiva del Parlamento e instalar el primer período de sesiones ordinarias de 2013, el presidente de la Asamblea Nacional (AN), Diosdado Cabello Rondón, convoca a sesión este sábado 5 de enero. 



La información está publicada en el portal web de la AN, donde se reseña que la reunión inicial de la Cámara Plena será a las 12:00 del mediodía.
La convocatoria de Cabello es en cumplimiento del mandato constitucional y los procedimientos que ordena el Reglamento Interior y de Debates.
En su artículo 194, la Constitución expresa: “La Asamblea Nacional elegirá de su seno un Presidente o Presidenta y dos Vicepresidentes o Vicepresidentas, un Secretario o Secretaria y un Subsecretario o Subsecretaria fuera de su seno, por un período de un año. El reglamento establecerá las formas de suplir las faltas temporales y absolutas”.
Asimismo, el artículo 219 establece: “El primer período de las sesiones ordinarias de la Asamblea Nacional comenzará, sin convocatoria previa, el 5 de enero de cada año o el día posterior más inmediato posible y durará hasta el quince de agosto”.
Mientras que el articulado 221 explica que los requisitos y procedimientos para la instalación y demás sesiones de la AN, y para el funcionamiento de sus comisiones, serán determinados por el reglamento. El quórum no podrá ser en ningún caso inferior a la mayoría absoluta de los integrantes de la Asamblea Nacional.
El Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional deja expresamente establecido en su artículo 11 que en la reunión inicial de las sesiones ordinarias de cada año, a celebrarse el 5 de enero o en la fecha más próxima a este día, con el objeto de elegir una nueva Junta Directiva, los diputados y diputadas que concurran se constituirán en comisión bajo la dirección del presidente o presidenta de la Junta Directiva en funciones, o de quien deba suplirlo o suplirla legalmente.
Este artículo también prevé que la Presidencia tendrá la facultad, en los casos de inasistencia de diputados o diputadas principales, de autorizar la incorporación de los suplentes respectivos.
Igualmente podrá solicitar a la Plenaria su pronunciamiento sobre algún tema que surja en el debate y que esté relacionado con el objeto de la reunión.

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